6 de septiembre de 2012

ARGENTINA : PROHIBIRÁN QUE HAYA CASAS DE CAMBIO EN LOS AEROPUERTOS ¿ PERMITIRÁN QUE TRABAJEN ALLÍ LOS "ARBOLITOS" ?



06/09/2011



Prohibirán a las casas de cambio operar en los aeropuertos

Las reemplazaría el Banco Nación



Mediante una normativa que saldrá publicada en estas horas, la autoridad monetaria le revocará la autorización a las entidades privadas que actualmente realizaban el negocio, como Global Exchange y Banco Piano.

Por Ignacio Olivera Doll desde Buenos Aires



El BCRA prohibirá a partir de mañana que las entidades privadas realicen operaciones cambiarias en el Aeropuerto y resolverá que la prestación bancaria y cambiaria en estos sitios quede a cargo solamente de entidades financieras públicas.

Con esto le revocará la autorización a las entidades privadas que actualmente realizaban el negocio, como Global Exchange y Banco Piano.

El organismo fundamentó la medida con dos argumentos: por cuestión de seguridad interna, relacionada con las condiciones que se imponen a nivel internacional respecto del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo; y por las prácticas abusivas que realizaban en las operatorias cambiarias que perjudicaban a los turistas en Argentina.

“Las entidades financieras públicas serán las únicas que podrán abrir o mantener casas operativas -central, sucursales o dependencias especiales de atención al público- en puertos y aeropuertos internacionales, en la medida que cuenten con la autorización correspondiente del Banco Central de la República Argentina (BCRA)”, explicó la autoridad monetaria en un comunicado.

Precisa, además, que la decisión “se adoptó a partir de un relevamiento conjunto realizado por el BCRA, la UIF, la AFIP y el ORSNA, que aconsejó avanzar con nuevas medidas destinadas a afianzar la prevención de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en terminales portuarias y aeroportuarias”.

Así, con el objeto de facilitar “tareas de coordinación en materia de seguridad en los ámbitos mencionados”, el Central pidió a los bancos públicos que instalen en los aeropuertos sucursales que cuenten, en cada una de ellas, con “un Oficial de Coordinación con idoneidad y atribuciones suficientes para interactuar con los distintos organismos públicos que cumplen funciones en los puertos y aeropuertos internacionales”.

El Directorio del BCRA también tuvo en cuenta que se detectaron prácticas abusivas de entidades privadas que operan en diferentes terminales que “perjudican notoriamente a los turistas”. Entre estas prácticas se verificó “el pago de precios por la compra de moneda extranjera muy inferiores a los habituales de mercado, lo cual afecta a los viajeros que arriban a la República Argentina y perjudica el desarrollo del turismo”.

“Este tipo de comportamientos resulta abusivo y lesiona derechos de los usuarios de servicios financieros. La reciente modificación de la Carta Orgánica otorga al BCRA facultades para proteger a los usuarios de servicios financieros y dictar medidas consecuentes con esa finalidad, como la que aprobó hoy el Directorio, que prestó especial consideración al hecho de que las entidades públicas propenden, a diferencia de las privadas, a la consecución de fines de interés general entre sus objetivos”, agrega el comunicado.

De tal modo, los tipos de cambio minoristas comprador y vendedor ofrecidos por cada entidad pública autorizada a operar en las jurisdicciones citadas deberán ser “uniformes para todas las sucursales de la entidad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en el caso de las casas operativas instaladas en puertos y aeropuertos internacionales, respecto de las radicadas en la ciudad capital de la provincia respectiva”.

Adicionalmente las entidades públicas autorizadas para operar en establecimientos portuarios y aeroportuarios deberán brindar, según la demanda proveniente del tráfico de cada terminal, un servicio continuo a los usuarios.

Las entidades dispondrán de un plazo de hasta 30 días corridos para dar cumplimiento a esta previsión.

Finalmente, “en función de las razones de seguridad y prevención de riesgos antes mencionadas, se resolvió que las entidades públicas que operen en las terminales podrán realizar allí operaciones de compra de moneda extranjera a no residentes por importes de hasta 500 dólares o su equivalente en otras monedas, por cliente y por estadía”.

(Fuente : cronista.com)

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